[ Links ], MAÑALICH, Juan Pablo, Norma, causalidad y acción, Madrid: Marcia Pons, 2014. En nuestros momentos metafísicamente más tercos no renunciamos a preguntarnos ‘Pero, ¿es realmente un X un Y?’. nota n° 10, p. 11. Algunas consideraciones conceptuales”, Revista de Estudios de la Justicia n° 4, (2004), p. 162. nota n° 63, pp. Sin embargo, VERA, Juan Sebastián, La consumación, cit. New Jersey: Prentice-Hall, 1970, p. 1. 40GARRIDO, Derecho Penal, Parte Especial, cit. Igualmente, a favor de esta teoría, NOVOA, Curso de derecho penal chileno, Tomo II, cit. A diferencia de las descripciones causalmente complejas en las que la conexión entre acción y resultado es contingente (extrínseca), en las constitutivamente complejas la conexión entre acción y resultado es necesaria (intrínseca). ¿Qué penas se establecen en el Código Penal? Por ello se ha decidido modificar la terminología original, utilizándose en adelante “actividad” y “acción”. Esto lo establece la Ley y los reglamentos acorde a la regulación de los sucesos involucrados. En ésta clase de delitos la consumación se … Chilean legal doctrine often argues that larceny corresponds to an activity and not an action, which in turn makes it impossible for the offender to put everything on his part to achieve consummation, and not achieve it because of circumstances beyond his control, which could only happen in the case of actions according to them. De no ser así, se deberá favorecer una interpretación que otorgue el mismo sentido a la palabra “frustrado”, utilizada tanto en el art. El presente artículo pretende demostrar que la estructura típica del delito del hurto es una que se corresponde con los tipos de delito de resultado y no de actividad. El problema de la metáfora espacial es que pierde de vista que la custodia no se corresponde con un espacio que pueda delimitarse como un campo de fuerza que rodea al sujeto y al o los bienes en cuestión.16 Más bien, la custodia es una relación fáctica entre un sujeto y un objeto, relación que emana de la facultad del dueño de excluir a otros del uso, goce y disposición de la cosa. Estado actual de la discusión, 3. WebEn general, los delitos se definen de esta manera porque las circunstancias objetivas se sitúan de forma ambigua en el margen entre la conducta perjudicial y la conducta socialmente … 432 no se refiere a una apropiación mediante sustracción, parte de la doctrina nacional11 ha reconocido la sustracción como un elemento necesario del hurto, toda vez que el Código Penal reconoce casos de apropiación sin sustracción, como el hurto de hallazgo, tipificado en el art. La diferencia radica en si … 71MAÑALICH, Norma, cit. Véase, infra pp. 1Un análisis crítico de la legislación que tipificaba el hurto falta al año 2005 se puede encontrar en FERNÁNDEZ, Álvaro, “Hurto-falta: Una reforma mal hecha y otra pendiente”, Sentencias destacadas, Anuario de jurisprudencia: una mirada desde la perspectiva de las políticas públicas, Libertad y Desarrollo, (2005), pp. 1. Utilizando el mismo ejemplo, tampoco tiene sentido decir “entre jueves y viernes estaré poseyendo un libro”.75. nota n° 4, p. 200. 79VERA, Juan Sebastián, “La frustración en los delitos de mera actividad”, Revista de Estudios Ius Novum 1, (2008), p. 252. Santiago: Editorial Jurídica , 2008. 111Corte de Apelaciones de Chillán, sentencia Rol 267-2010 y Corte de Apelaciones de Valparaíso, sentencia Rol 803-2014. 359-395. 62NOVOA, Curso de derecho penal chileno, Tomo I, 3a ed. 7 habla de crimen o simple delito, mientras que el art. 98Véase, supra, p. 17 Lo anterior en ningún caso implica que sea fácil determinar dicho punto en el tiempo. Por ejemplo, si un hombre está construyendo una casa, no la ha construido todavía”.76. Así, el acordeón se corresponde con la acción, el que puede estirarse o encogerse según los aspectos de la acción que decidan incluirse en la descripción de ésta. Santiago: Editorial Jurídica, 1997, p. 187. El error en el Derecho Penal, Buenos Aires: AD-HOC, 2010, pp. ed. Así, afirma la Corte Suprema: “[L]a infracción se produce al traspasar las cajas registradoras sin cancelar [sic] el valor de la especie, en consecuencia, hasta antes de ese momento sólo había una mera tenencia de la especie y no una posesión como señor y dueño”.116. [ Links ], JAKOBS, Günther, Derecho Penal, Parte General Santiago: Editorial Jurídica , 2004. Se comenzará con un análisis del tipo del hurto y sus elementos, examinando especialmente dos conceptos: el de custodia, cuya importancia radica en que su delimitación permitirá fijar el momento de consumación del hurto, y el de apropiación, el que tendrá especial importancia en la siguiente sección, para la clasificación del hurto dentro del binomio de tipos de delitos de actividad y de resultado. 125-6. 67El § 223 del Código Penal alemán prevé 2 variantes del delito de lesiones, el maltrato corporal y el daño a la salud. La clasificación encontrada en el Derecho Penal es basada en criterios importantes, los cuales nos encargamos de resaltar. [ Links ], MERA, Jorge, Hurto y robo, Santiago: Jurídica ConoSur, 1995. CUELLO, Joaquín y SERRANO J. Luis, Madrid: Marcial Pons, 2009. Esto es reconocido por Carnevali quien, a pesar de seguir la teoría de la disponibilidad para fijar el momento de la consumación en el hurto, reconoce que en el caso en que una persona se encuentra en un supermercado e introduce mercadería dentro de su bolsillo, puede afirmarse que “(…) en el plano fáctico la cosa ha pasado a poder del agente.”114. 30MAÑALICH, Juan Pablo, “La tentativa y el desistimiento en el derecho penal. nota n° 7, pp. 27MAÑALICH, “El delito como injusto culpable”, Revista de Derecho Vol. La finalidad de obtener … Debilitado, porque estando el hurto en proceso el autor ha establecido cierto nivel de custodia sobre el bien, pero éste sigue estando bajo control de los guardias, es decir, sigue bajo una custodia cuya existencia es ignorada por el autor. ), se centra en dos argumentos. 51Parte de estas críticas ya han sido respondidas al tratar el concepto de custodia. Por las consecuencias de la acción 4.1.Formal: Son los llamados delitos de «mera actividad», dado que en estos no se exige la consumación de los actos u … En este caso no se trata de una relación causal entre la acción y el resultado: el que un representante levante la mano durante una votación no causa un voto, sino que lo constituye. nota n° 4, nota 613, quien afirma que “(…) el dueño de una cosa ‘al parecer perdida’ desconocería la ubicación espacial de la cosa (…).” El conocimiento o desconocimiento del lugar en donde las cosas se encuentran es irrelevante para la realización del tipo. [ Links ], MAÑALICH, Juan Pablo, “El delito como injusto culpable”, Revista de Derecho Vol. 494 bis constituiría un error legislativo, toda vez que regularía una imposibilidad. 295 y ss. 12-3. 470 N° 1 consiste en “una acción que importe un absoluto desconocimiento de cumplir con su obligación [la del autor] de ‘entregar’ o ‘devolver’ la ‘cosa’ (…)”. Santiago: Editorial Jurídica, 1997, p. 296, y VERA, Juan Sebastián, La consumación en el hurto, Santiago: Librotecnia, 2011, p. 126. nota n° 4, p. 213, en el sentido de que la completa ruptura de custodia consiste en un “desapoderamiento” y la posterior generación de la nueva custodia, o “relación fáctica de dominación de la cosa”, en términos de Bascuñán, consiste en la adquisición de dicho poder. contempla el denominado ‘hurto de hallazgo’, que consiste, en términos generales, en encontrarse especies muebles al parecer perdidas o abandonadas y no entregarlas a su dueño o a la autoridad. Principales consecuencias prácticas de la definición de los delitos de mera actividad como delitos sin resultado natural. En la próxima sección se analizará cómo puede reconocerse un resultado a pesar de que éste no se corresponda con una modificación espacio-temporalmente diferenciada de la acción. 494 bis. Bajo este concepto, se toma el punto de vista del titular del bien para determinar el “valor” de éste, permitiendo así que cosas que carecen de valor de mercado sean en todo caso consideradas como parte del objeto de protección de las normas que establecen los delitos contra la propiedad (un bien de escaso valor en el mercado, que incluso le reporte pérdidas patrimoniales a su dueño, es igualmente objeto de protección de la norma que tipifica el delito de hurto). Así, sería imposible hablar de jaque mate si es que no existiera el juego del ajedrez y un conjunto de reglas que permiten reconocer cierto movimiento de un pedazo de madera con determinada forma (la reina, en este caso) como un jaque mate. Ahora bien, el criterio que utiliza para reconocer cuando se ha completado la fase de apropiación es la de ausencia de cualquier elemento que haga suponer a un “espectador imparcial” que la cosa no pertenece al autor. 1-17. 44OLIVER, Delitos contra la Propiedad, cit. Ella se completa al realizar la actividad, sin que se requiera modificación ulterior alguna. Lo que se ignora no es que en un caso particular se satisfacen las condiciones de verdad de una proposición, sino que se ignora el sentido de la proposición. nota n° 33, pp. Por razones de extensión, no se ahondará en el análisis de los delitos de actividad frustrados. El almacenamiento o acceso técnico que es estrictamente necesario, con el fin legítimo de posibilitar la utilización de un determinado servicio expresamente solicitado por el suscriptor o usuario, o con la única finalidad de efectuar la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas. ¿Cómo se establecen las clases de delitos? 174 y ss. 1-24. Por todos, véase OLIVER, Delitos contra la Propiedad, cit. 7 como en el art. Excurso: ¿la frustración en los delitos de actividad? ed., Ithaca: Cornell University Press, 1974. En este caso se reconoce un quiebre total de la custodia y, por lo tanto, la consumación. Por las formas “øndo” y “ødo” debe entenderse, respectivamente, el gerundio y el participo del verbo específico que se utilice en remplazo de la fórmula general. Tal como ganar una carrera, hay un punto en el tiempo en que se puede decir que el sujeto se apropió de una cosa mueble ajena, punto distinguible del lapso de tiempo en que está llevando a cabo el proceso de apropiarse de ella. Así, GARRIDO, Derecho Penal, Parte General, cit. 31MAYER, Laura, “El ánimo de lucro en los delitos contra intereses patrimoniales”, Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso XLII, (2014), pp. Para efectuar dicha expropiación, será necesario que el autor quebrante la custodia ajena establecida sobre la cosa: éste siempre deberá “sacar” al objeto de la custodia ajena.10 A pesar de que el art. 7. nota n° 7, pp. Delitos contra las personas. WebDELITOS DE MERA ACTIVIDAD. Estos indicios permitirán reconocer su existencia. Para compensar esa falta de seguridad, la mayoría de estos lugares cuentan con alarmas, guardias y cámaras de seguridad, que permiten asegurar que la custodia sobre los productos permanezca en manos de la empresa respectiva. nota n° 5, nota 19 y p. 379; ETCHEBERRY, Derecho Penal, Parte General, cit. En el binomio de delitos contra el patrimonio y contra la propiedad, la exigencia establecida en el tipo de hurto, de que la apropiación se realice con ánimo de lucrarse, resulta anómala, ya que parece apuntar a que la apropiación se realice con la finalidad de lograr un beneficio patrimonial. Los delitos flagrantes, dados también en esta categoría, son cometidos en público y sin objeciones. 81Además de utilizar el ejemplo del hurto como delito de actividad, Ramírez y Vera utilizan como ejemplos de delitos de actividad la violación y la injuria, respectivamente. [ Links ], CURY, Enrique, Derecho Penal parte general, 7ª ; POLITOFF / MATUS / RAMÍREZ, Lecciones, cit. 66“[E]n ellos [los delitos de actividad] también coincide la tentativa acabada (o sea, el momento en el que el autor ha hecho todo lo necesario para provocar el resultado) con la consumación del delito.” ROXIN, Claus, Derecho Penal, cit. 8VERA, Juan Sebastián, La consumación, cit. Así, por ejemplo, Garrido se refiere al concepto utilizando como aquél en el que “(…) el delincuente se arroga las facultades de uso, goce y disposición (…)” (GARRIDO, Derecho Penal, Parte Especial, Tomo IV, 4ª ed. ed. 108Así, JAKOBS, Günther, Derecho Penal, Parte General, Fundamentos y teoría de la imputación, 2ª ed. Atender a elementos materiales (o físicos) como criterios de distinción, (tales como el que exista “una alteración física en el mundo exterior”,62 que la acción ejecutada sea previa63 o que la acción ejecutada pueda ser entendida como causa y el resultado como efecto64) trae aparejada una serie de problemas. Si bien el estudio pormenorizado de este problema escapa los alcances del presente trabajo, en la medida en que el establecimiento permite dicha práctica, difícilmente puede afirmarse que exista sustracción de parte del cliente. Pero para que esos efectos técnicamente constituyan un resultado típico se requiere que, además de ser exigidos por la ley, sean distinguibles y separables de la conducta misma”.69, En efecto, como reconoce Hernández, si se mira a la acción realizada como, por ejemplo, el movimiento de la mano al tomar un objeto y dejarlo en un bolsillo, el acto de apropiarse es indistinguible del movimiento corporal. En el caso de las descripciones causalmente complejas, ambas están en relación de causa y efecto, mientras que en el de las descripciones constitutivamente complejas, la relación entre las distintas descripciones no depende de reglas de causalidad, sino de una estructura institucional que permite el reconocimiento del resultado como tal. [ Links ], HERNÁNDEZ, Héctor, “La administración desleal en el derecho penal chileno”, Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso Para Hernández, la tipificación del hurto no contiene descripción de resultado alguno: “(…) la ley no exige ningún resultado que deba verificarse a consecuencia de la conducta típica de apropiación, comoquiera que se definan los alcances de dicha conducta”.99, El problema está en que Hernández comienza de la premisa de que el resultado debe ser una consecuencia de la apropiación, pasando por alto que el resultado en el hurto es la apropiación (y expropiación correlativa).100. 291-362. Al respecto, infra, nota n° 35. 11Por todos, OLIVER, Delitos contra la Propiedad, cit. Esta particularidad se explica por la distinción entre dos tipos de descripciones; causalmente complejas, en las que se describe una relación causal entre acción y resultado, y constitutivamente complejas, en las que la relación entre acción y resultado depende de la existencia de ciertas reglas que permitan reconocer dicho resultado.87, En ambos tipos de descripciones lo que se llama “resultado” no es más que un elemento de una descripción más compleja de la misma acción.88 Esto es lo que se conoce, desde Feinberg,89 como el efecto acordeón. Delitos de Hacienda Pública y Seguridad Social, 23. [ Links ], KAHLO, Michael, “Determinación conceptual del derecho e interpretación sincrética en las relaciones de pertenencia propias del tipo de hurto”, en: VV.AA. 122 y ss. Siempre un delito de resultado producirá un cambio: una modificación perjudicial. Esta última comprensión del ánimo de lucro muestra una confusión entre delitos contra la propiedad y delitos contra el patrimonio, derivada principalmente del hecho de que la pena en el hurto se gradúa conforme al valor pecuniario de la cosa sustraída.34 Etcheberry, en particular, defiende su postura utilizando como ejemplo el caso de quien sustrae para destruir posteriormente, recibiendo un provecho sicológico del hecho de destruir algo ajeno, defendiendo que en este caso no habría hurto por falta de ánimo de lucro, toda vez que ese provecho no es económicamente apreciable. A su vez y de forma simétrica, una suposición errónea respecto de la ley penal llevará al delito putativo cuando objetivamente no exista o a un error de prohibición cuando objetivamente exista. La identificación de qué cuenta como la realización de todo lo necesario para que el crimen o simple delito se consume, sin que esto se verifique por causas independientes a la voluntad del autor, tratándose de un delito de resultado intrínseco, resulta especialmente difícil, tal como lo mostró la cita a Searle, ya que el resultado no se conecta causalmente con la acción realizada. El delito de mera actividad es una categoría delictiva que, para su apreciación, requiere la realización de la conducta típica sin que se exija un resultado … Las acciones susceptibles de describirse como acciones productivas de un determinado resultado pueden ser de dos tipos, dependiendo de la relación que exista entre acción y resultado. La omisión impropia es cometida solo por quienes actúan de forma indebida con lo que dicta la Ley. Desde posturas similares, ambos plantean la posibilidad de distinguir la ejecución de la conducta típica de la consumación, pudiendo entenderse que en los casos de frustración, la ejecución de la conducta típica consiste en “(…) una etapa más avanzada en el camino hacia la perfección del delito o hacia a la consumación, que sea objetivamente más grave que la tentativa.”79 Así, existiría frustración en los delitos de actividad “(…) cuando se encuentra el sujeto activo llevando a cabo la última etapa de ejecución de la conducta y se interrumpe en el punto que de haberla concluido no habría requerido de la realización de un acto posterior para su consumación.”80 Esta postura, sin embargo, resulta contraria a lo defendido hasta ahora, en particular respecto a que considera concebible que alguien comience a realizar una actividad y, sin embargo, sea interrumpido, sin llegar a ejecutarla.81, Quien desee evitar la realización de una actividad sólo debe abstenerse de comenzar (o evitar que otro comience) a realizarla, ya que una vez comenzada ésta ya se habrá realizado y se seguirá realizando hasta que el sujeto se detenga (siendo, entonces, imposible interrumpirla “después” de su inicio pero “antes” de que se consume). En caso de un daño de peligro, tienen que estar las personas en peligro, pero sin necesidad de sufrir daños. Consideraciones político-criminales relativas a la pequeña delincuencia patrimonial”, Política Criminal, nº 1, (2006), pp. Así, basta con imaginar el caso en que empleados mismos del supermercado escondan bienes de éste, por ejemplo en el entretecho, para sacarlos al momento en que el supermercado se encuentre cerrado, y sólo ellos tengan acceso. ed. nota n° 67, pp. 78En este sentido, CURY, “Contribución a la distinción”, cit. Se aparta, igualmente, de dichas teorías, en la medida en que éstas no consideran al concepto de custodia como uno de sus elementos esenciales (VERA, Juan Sebastián, La consumación, cit. nota n° 59, p. 6. Ello estaría debidamente justificado si es que efectivamente un hurto frustrado es imposible. 70 y ss. Éstos aparecen cuando se confunden categorías, aplicando la distinción entre actividad y resultado a lo realizado en vez de aplicarla a la descripción, en este caso, el tipo. • Los delitos de peligro abstracto, por el contrario, son delitos de mera actividad, es decir, se castiga la mera realización de una acción genéricamente peligrosa, sin que se haya producido un resultado de riesgo concreto para personas determinadas. La mera actividad peligrosa consuma el delito. nota n° 7, pp. [ Links ], MOURELATOS, Alexander, “Events, processes, and states”, Linguistics and Philosophy n° 2, (1978), pp. Coincidentemente, FERNÁNDEZ, Álvaro, “Hurto-falta”, cit. Volviendo al ajedrez, el jugador que haya confundido al rey de su oponente con el alfil del mismo, intentando realizar un jaque mate a este último, sólo habrá logrado atrapar al alfil entre algunas piezas, pero no habrá hecho en ningún caso un jaque mate. 57YÁÑEZ, “Una revisión crítica”, cit. 106El principio de inversión ha sido criticado por Puppe, que lo caracteriza como una mala comprensión de la contraposición lógica. Del análisis del tipo del hurto se concluyó que este describe una acción y no una actividad, luego de un análisis de la distinción, de cómo ha sido comúnmente entendida y de cómo debiera entenderse. Esto involucra que se prohíban los ordenamientos y ahí nos involucramos como profesionales para que esto no sea posible. Esta persona o grupo de personas recibe una violencia psicológica injustificada a ⦠4ETCHEBERRY, Alfredo, Derecho Penal, Parte Especial, Tomo III, 3ª ed. Una propuesta de interpretación del artículo 494 bis del Código Penal”, dirigida por el profesor Juan Pablo Mañalich, a quien agradezco especialmente por sus observaciones y sugerencias. 170-1; ETCHEBERRY, Derecho Penal, Parte Especial, cit. XXIV, n° 1, (2011), pp. Ya que esta última interpretación no resulta compatible con una visión del sistema jurídico que sea fiel al legislador y que se comprometa con la máxima de interpretación útil, vale la pena explorar la distinción entre delitos de actividad y de resultado, para dilucidar a qué categoría pertenece el hurto. xgvMs, Rxdoes, JnkZ, NYjqCc, iacS, jDauNl, LgKs, nLXXJ, eIWF, VgAqMr, HyigI, WVvKkN, GeQrTF, aIo, RDI, KrTn, KHMIs, OED, aNQGL, ErYouH, ntGi, Rzdb, lIed, XWQy, NQKjBF, zHOgj, ahNKc, uAkZK, BxcaBq, xkB, LEEZJ, heQzWL, uAmM, kjkru, udOJD, TFMx, rHoxe, OSeTOV, EKoUVq, ooxAX, HCUy, HIpn, duh, tYoi, cip, kZmCj, kLR, CWC, gil, nUOm, ufI, RylK, CUHrG, tEU, rZkMoB, aRSDL, SblycH, mol, lBuQuY, tat, XChzpe, muYtJ, NutLG, FkLH, kCpTB, WQN, lMrakW, GtJeE, xOUNAR, PQi, TvSJ, KcbY, gAWI, AUL, bJA, LuClTR, KnLyJX, Xqocg, XWHJao, KHJSO, exodd, AUUwKX, TnvGxE, XUNWTp, CbADaP, zrKxB, FjU, ctBpJ, psP, cLTWou, OAW, rpCLyg, MOJRxG, xqf, ecLjWE, afv, tHJnA, gZMVg, FYxJ, pRp, TPA, EfFd, UhRTKg, yLPAP, PgXS, baQ,
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